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Rechazan recurso contra Canal 13 por reportaje sobre adoctrinamiento en Liceo 1

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección interpuesto, en octubre pasado, por la Defensora de la Niñez, Patricia Muñoz, contra Canal 13, por el polémico reportaje sobre posible adoctrinamiento al interior del Liceo 1.

En fallo dividido, la Segunda Sala del tribunal de alzada estimó que la nota periodística, solo informó determinados hechos, siendo éste un derecho garantizado en la Constitución Política respecto a la libertad de informar y emitir opinión sin censura, tal como lo aseguró en sus alegatos el abogado Pablo Gómez, quien junto a Felipe Moraga Marinovic y Juan Yuseff, representan a la televisora.

De acuerdo a la resolución, la nota en cuestión –emitida el 21 de octubre- se trata de “un reportaje serio, informado, en el que no se dieron ni nombres ni se mostraron rostros, y exhibe hechos conocidos”, afirmando que Canal 13 “ha obrado en el ejercicio de un derecho protegido constitucionalmente en al artículo 19 n°12 de la Carta Fundamental, y sobre la base de una investigación seria que no hace sino informar sobre un problema que efectivamente existe, que ha significado violencia en el Liceo N°1 Javiera Carrera y que entre marzo y septiembre de 2018 ha llevado a la migración de 267 alumnas a otros establecimientos”.

Al respecto, Gómez dijo que se trata de un dictamen “muy contundente a favor de la libertad de expresión y de la libertad de prensa en Chile”, enfatizando que “ratifica nuestra tesis en el sentido que el reportaje de Canal 13 fue una nota seria, informada que tocó un tema de alto interés público como lo eran las ‘tomas’ que se prolongaron por meses en el establecimiento estudiantil, que vulneraba el derecho de las niñas a estudiar en su colegio y se veían obligadas a abandonarlo en una suerte de éxodo de cientos de alumnas que tuvieron que irse por culpa de estas movilizaciones violentas de un grupo en particular de estudiantes”.

Asimismo, explica que –de acuerdo al fallo- “la recurrente no acreditó la tesis sostenida por ellos sobre que esto se trató de una supuesta obra de teatro, pues recordemos que parte del reclamo era que las imágenes de las adolescentes vestidas con la pañoleta roja del Frente Patriótico Manuel Rodríguez, obedecía a una representación teatral, cosa que no fue acreditad pues no existen libretos, diálogos ni personajes. Por el contrario, las imágenes subidas a redes sociales abiertas, van acompañadas de expresiones como “para frentistas abrazos, para Jaime Guzmán, balazos”, frase que no puede formar parte de una actividad estudiantil, sino a otros propósitos”.

Por su parte, el abogado Felipe Moraga agrega que la resolución “no solo rechaza los argumentos de la Defensora de la Niñez pues, incluso dice que, con su acción de protección, pretendió que la Corte impidiera la libertad de expresión y de prensa, lo que significaba una censura a los medios, lo que evidentemente, no puede ser admitido y es por eso que se rechaza el recurso de protección”.

Por último, recalcó que se estableció que la Defensoría de la Niñez “no tiene legitimación activa en la causa pues no representa a esta comunidad estudiantil, ya que nadie la ha llamado a representarla y que, en su lugar, debió haber actuado la directora del Liceo, los Centros de Padres o los mismos alumnos, pero no este organismo que no los representa”.